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Impuesto Predial, toda la información para consultar y pagar

Bienvenido a Impuestospredial.com.co aquí te enseñaremos todo lo que necesitas saber sobre el Impuesto Predial en Colombia para que puedas resolver todos los trámites de consultas, declaración, pagos y liquidación de este impuesto de la forma más práctica y eficiente desde cualquier zona del país.

¿Qué es el Impuesto Predial?

El Impuesto Predial es un tributo que recae sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio, este impuesto obtiene su valor en dependencia del evalúo catastral. Es una renta propia de cada municipio y distrito, quienes tienen a su cargo la administración, el cobro y control de este impuesto.

Impuesto Predial

El Impuesto Predial Unificado es el impuesto propio y más representativo de los municipios y distritos de Colombia, conforme a él se grava la riqueza expresada en la propiedad inmueble en todo el territorio nacional.

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¿En que ciudad desea información sobre el Impuesto Predial?

¿Quiénes deben pagar el Impuesto Predial?

Todos los propietarios, poseedores o usufructuarios de bienes inmuebles o predios que estén ubicados dentro de todo el territorio nacional. Te compartimos la lista más detallada:

  • El propietario o propietaria, quien es la persona natural o jurídica que acredite legalmente la pertenencia de una propiedad inmueble o predio.
  • El poseedor o poseedora, quien a pesar de no contar con documentación tiene posesión de hecho sobre la propiedad o predio, actuando como el dueño del mismo.
  • El usufructuario o usufructuaria, quien disfruta del predio y su aprovechamiento, previa concesión del propietario. La condición de propietario y usufructuario es acreditada por medio del certificado de libertad.
  • Los respectivos fideicomitentes o beneficiarios, cuando se trate de un predio vinculado a un patrimonio autónomo.
  • Los diferentes tenedores a titulo de concesión de inmuebles públicos.

¿Cuándo se debe de pagar el Impuesto Predial?

Muchas ciudades del país limitaron el pago de este impuesto al primer semestre de este año. Aunque, otros territorios como Bogotá implementaron el Sistema de Pago Alternativo por medio de Cuotas (SPAC), un total de 74.915 predios de la capital están acoplados a este sistema que permite a los propietarios controlar su presupuesto y pagar el impuesto predial en cuotas.

Estas son fechas de pago estipuladas para cancelar el tributo predial a cuotas en Colombia:

  • Primera Cuota: 27 de mayo de 2022.
  • Segunda Cuota: 8 de julio de 2022.
  • Tercera Cuota: 9 de septiembre de 2022.
  • Cuarta Cuota: 11 de noviembre de 2022.

Tipos de inmuebles que aplican al Impuesto Predial en Colombia

De acuerdo a la legislación nacional, los ciudadanos deben de pagar este impuesto si son propietarios o poseedores de los siguientes tipos de bienes inmuebles:

  • Apartamentos.
  • Casas.
  • Edificios.
  • Predios financieros.
  • Locales enfocados al comercio.
  • Empresas.
  • Bodegas.
  • Zonas de parqueo.
  • Lotes.
  • Fincas o propiedades rurales.

Beneficios del Impuesto Predial para el estado colombiano

Este tributo es el más emblemático de todo el territorio colombiano y trae consigo un buen número de beneficios para el estado y para la nación, los cuales te detallamos:

  • Es un poderoso mecanismo de distribución de la riqueza, por medio del cobro progresivo sobre una base gravable con tarifas actualizadas.
  • Es una de las principales rentas de los municipios y distritos del país, formando una de las fuentes de ingresos más fuertes del sector público.
  • Permite usos extrafiscales, como el caso de los disuasorios y de incentivos, para el ordenamiento territorial, es decir que a partir de exenciones o tarifas preferenciales, los diferentes municipios y distritos pueden impulsar o incentivar actividades que resultan necesarias.
  • Por medio de tarifas altas los municipios y distritos pueden controlar actividades en predios con externalidades negativas, como el caso de predios urbanizables sin edificar o actividades de fuerte impacto para el municipio y distrito.
  • Estos impuestos se reinvierten en el desarrollo urbano, social y cultural de toda Colombia.

Impuesto Predial Colombia: ¿Qué Predios están exentos de los pagos del predial?

Existen inmuebles que por su naturaleza están totalmente exentos de aplicar al pago del tributo predial, estos son los siguientes:

  • Los predios que sean pertenencia de la Iglesia Católica, es decir capillas, templos, casas episcopales, casas curales, conventos, monasterios, entre otros.
  • Los parques públicos o naturales que sean pertenencia de entidades del estado, así como los predios que sean de la Defensa Civil de Colombia, la Cruz Roja, entre otros.
  • Las instalaciones militares y de la policía, así como los hospitales o centros de atención de salud.
  • Las casas y apartamentos de uso residencial, que se ubiquen en los estratos 1 y 2, cuyo avalúo catastral sea inferior a 16 salarios mínimos.

Impuesto Predial Colombia: Principales características de este Impuesto sobre las propiedades inmuebles

Te presentamos las características más importantes sobre este impuesto que aplica directamente sobre las propiedades inmuebles o predios en todo el territorio Colombiano:

  • Existe en todos los municipios de Colombia: El Impuesto Predial esta presente en todo el territorio nacional y se debe de pagar a cada alcaldía correspondiente.
  • Se necesita tener un evaluó catastral actualizado: Para que se realice de forma exitosa la recaudación del Impuesto Predial en Colombia es necesario que cada propietario tenga su evaluó catastral actualizado.
  • Ayuda enormemente al desarrollo de los municipios: Este impuesto es el más representativo de Colombia, ya que los fondos recaudados son utilizados para diversos proyectos sociales en pro del beneficio de la comunidad y el desarrollo sostenible de la nación.
  • Es ideal para distribuir la riqueza: Esto mediante el cobro progresivo conforme tarifas actualizadas y una base gravable.
  • Es un impuesto que se puede pagar en línea o de forma presencial: En la actualidad mediante el uso de la tecnología se pueden hacer los respectivos pagos en línea o de forma presencial visitando las alcaldías correspondientes para cancelar el valor del predial.