Bienvenido a la sección del Impuesto Predial Barranquilla, desde donde podrá realizar cualquier consulta, hacer la descarga del impuesto, ver que tipo de inmuebles aplican al predial y llevar a cabo el pago o la liquidación de este impuesto obligatorio.
Pago del Impuesto Predial Barranquilla
Si necesita hacer el pago del Impuesto Predial en Barranquilla solo debe de seguir el procedimiento que describiremos a continuación, el cual te lo explicaremos paso a paso.
¿Quiénes deben de pagar el Impuesto Predial en Barranquilla?
En Barranquilla el pago del Impuesto Predial es de carácter obligatorio y este aplica a todos los poseedores, propietarios o usufructuarios de bienes inmuebles o predios que estén dentro de Barranquilla, esta es la lista detallada de quienes son los que tienen que realizar el debido pago de este impuesto:
- Todo propietario o propietaria, quien es la persona natural o jurídica al que se le acredite legalmente la pertenencia de una propiedad inmueble o predio.
- El poseedor o poseedora, quien a pesar de no contar con una documentación legal, tiene posesión de hecho sobre la propiedad o predio, actuando como el dueño o propietario del mismo.
- El usufructuario o usufructuaria, quien disfruta de la propiedad o del predio y su aprovechamiento, previa concesión del propietario. La condición de propietario y usufructuario es acreditada por medio del certificado de libertad.
- Los respectivos fideicomitentes o beneficiarios, siempre y cuando se trate de un predio vinculado a un patrimonio autónomo.
- Los diferentes tenedores a titulo de concesión de inmuebles públicos.
Esta es la lista de los que deben de pagar el Impuesto Predial en Barranquilla, recuerde que este impuesto es de carácter obligatorio y aporta al desarrollo del municipio y del país.
Descargar Impuesto Predial Barranquilla: ¿Cómo hacer la descarga de la factura?
Realice de forma fácil y segura la descarga de su respectiva factura del Impuesto Predial en Barranquilla.
Impuesto Predial Barranquilla: ¿Qué tipos de inmuebles aplican al pago de este impuesto?
Según lo establecido en la legislación nacional, los ciudadanos deben de pagar este impuesto obligatorio si son propietarios o poseedores de los siguientes tipos de bienes inmuebles:
- Casas de habitación.
- Apartamentos particulares.
- Locales dedicados al comercio.
- Bodegas de almacenamiento.
- Zonas de parqueo de vehículos.
- Predios financieros.
- Fincas o propiedades rurales.
- Lotes.
- Empresas.
- Edificios.
Estos son los tipos de inmuebles que aplican al pago del Impuesto Predial en el municipio de Barranquilla.
Predios o propiedades que están exentos del pago del Impuesto Predial en Barranquilla
En el municipio de Barranquilla existen inmuebles que por su naturaleza están totalmente exentos de aplicar al pago del tributo predial, estos tipos de inmuebles son los siguientes:
- Los predios que sean pertenencia de la Iglesia Católica, es decir las capillas, los templos, las casas episcopales, las casas curales, los conventos, los monasterios, entre otros.
- Los parques públicos o naturales que sean pertenencia de entidades del estado de Colombia, así como los predios que sean de la Defensa Civil de Colombia, la Cruz Roja, entre otros.
- Las instalaciones de uso militar y de la policía, así como los hospitales o centros de atención de salud.
- Las casas y apartamentos de uso residencial, que se ubiquen en los estratos 1 y 2, cuyo avalúo catastral sea inferior a 16 salarios mínimos.